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ACUERDOS APROBADOS EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO #92 CON CARÁCTER DE ORDINARIA

PRESIDENCIA Y LEGALIDAD

ACUERDOS APROBADOS EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO #92 CON CARÁCTER DE ORDINARIA
ACUERDOS APROBADOS EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO #92 CON CARÁCTER DE ORDINARIA
ACUERDOS APROBADOS EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO #92 CON CARÁCTER DE ORDINARIA

Tepatitlán de Morelos, Jalisco; a 01 de febrero de 2024.

Acuerdos tomados en la Sesión Ordinaria de Ayuntamiento con fecha 01 de febrero de 2024 a las 17:00 Horas, celebrada en la Sala de Regidores en la planta alta de la Presidencia Municipal.


I.- Verificación de quórum y declaración de apertura.

 

II.- Propuesta del orden del día y en su caso aprobación.

 

III.- Lectura y en su caso aprobación de las Actas de las Sesiones de Ayuntamiento Ordinaria y Extraordinaria, de fechas 18 y 26 de enero de 2024, respectivamente.

 

IV.- Lectura y turno de Comunicaciones e Iniciativas.

 

NO SE PRESENTÓ NINGUNO.

  

V.- Lectura, discusión y aprobación de Dictámenes.

 

a)    Dictamen de la Comisión de Espectáculos y Festividades Cívicas, para que:

 

PRIMERO.- Se autorice facultar al Comité de Adquisiciones de este Municipio para que inicie el proceso de licitación pública para la contratación de los juegos mecánicos que se instalarán dentro del Núcleo de la Feria, en el marco de la Feria Tepabril 2024, del domingo 14 de abril al domingo 05 de mayo del presente año, de conformidad a las bases siguientes:

 

·         Los juegos mecánicos deberán estar listos, instalados y operando del domingo 14 de abril al domingo 5 de mayo de 2024, en el Núcleo de Feria.

 

1-    Propuesta basada en un costo de $2’100,000.00 IVA incluido.

2-    Servicio de 6 horas diarias.

3-    Servicio de 4 horas por la mañana el día martes 30 de abril.

4-    Contar con seguro vigente de todas las atracciones mecánicas.

5-    Enviar fotografías recientes de las atracciones.

6-    Contar con juegos mecánicos en buen estado.

7-    Obtener visto bueno por parte de Protección Civil y Bomberos.

8-    Contar con plantas de energía eléctrica para todas las atracciones.

9-    El combustible necesario para la operación de los juegos mecánicos corre por cuenta del proveedor.

10- Todos los operadores deberán ser mayores de edad y deberán estar identificados y uniformados correctamente.

11- Contar con remolque de baños necesarios para el personal que labora en las atracciones.

12- El personal no deberá consumir bebidas embriagantes ni sustancias ilícitas.

13- Mantenimiento constante de los juegos mecánicos.

14- Mostrar con documentación comprobable, la verificación y trayectoria en Ferias Estatales o Nacionales.

15- Propuesta basada en un mínimo de 20 juegos mecánicos.

 

Las diferentes atracciones que deberán considerar las empresas participantes serán las siguientes:

 

·         Juegos espectaculares (12)

·         Juegos infantiles (8)

 

SEGUNDO. - Se apruebe erogar la cantidad de hasta $2’100,000.00 (dos millones cien mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, del Proyecto No. 64 (Feria Tepabril, Srita Tepatitlán y Niña Tepabril 2024), de la Partida 382, (Gastos de Orden Social y Cultural)

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

b)    Dictamen de la Comisión de Espectáculos y Festividades Cívicas, para que se autorice el costo total de renta de los espacios para puestos y expositores en el Núcleo de Feria, durante la Feria Tepabril 2024, que se llevará a cabo del domingo 14 de abril al domingo 05 de mayo del presente año.

 

COSTO ESPACIO NÚCLEO DE FERIA

PABELLÓN GASTRONÓMICO 12 x 12 M2 A UN COSTADO DEL PALENQUE O A NEGOCIAR UBICACIÓN

 

$50,000.00

ZONA COMERCIAL

EXPLANADA LOCAL 5 x 5 M

$12,000.00

EXPLANADA ÁREA LIBRE M2

$4,000.00

 

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

  

c)    Dictamen de la Comisión de Espectáculos y Festividades Cívicas, para que:

 

PRIMERO. - Se aprueben los costos en la renta de los bares y terrazas en el Núcleo de la Feria, durante la Feria Tepabril 2024, que se llevará a cabo del domingo 14 de abril al domingo 05 mayo del presente año.

 

COSTO ZONA DE BARES

ISRAEL SÁNCHEZ REYES

$158,917.00

TEQUILERA ORO BLANCO S.A. DE C.V.

$158,917.00

TEQUILERA SAN MATIAS DE JALISCO S.A. DE C.V.

$199,056.00

TEQUILERA GALINDO S.A. DE C.V.

$171,600.00

EULOGIO ARMANDO MALDONADO GARCÍA

$216,707.00

CHRISTIAN ADOLFO AVALOS URIBE

$120,393.00

ESTEBAN GUTIÉRREZ GARCÍA

$68,796.00

 

  SEGUNDO. - Dichas cantidades deberán cubrirse de la siguiente manera:

 

·         50% cincuenta por ciento el 29 de febrero del presente año.

·         50% cincuenta por ciento el 31 de marzo del presente año.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

d)    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, para que:

 

PRIMERO. - Se aprueben las Reglas de Operación para el Programa denominado “Incentivos a pequeños y medianos productores, adquisición de semilla de maíz o bombas aspersoras agrícolas eléctricas” para el ejercicio fiscal 2024, mismas que se anexan al presente dictamen.

 

SEGUNDO. – Así mismo se apruebe lanzar mediante todas las vías de comunicación con que cuente este H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, la convocatoria denominada “Evento Preventa de Semilla 2024”, dirigida a las Casas Semilleras y/o distribuidores de semilla nacional en nuestro Municipio, organizada por la Jefatura de Desarrollo Rural, con vigencia del 01 al 09 de febrero del 2024, misma que se anexa al presente.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

e)    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, para que se aprueben las Reglas de Operación del Programa “Incentivo económico para adquisición de ganado bovino y porcino 2024”, mismas que se anexan al presente dictamen.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

f)     Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, para que:

 

PRIMERO. - Se aprueben las Reglas de Operación para el Programa denominado “Reempedrados 2024” que se anexan al presente dictamen.

 

SEGUNDO. - Así mismo se apruebe lanzar mediante todas las vías de comunicación con que cuente este H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, la convocatoria denominada “Reempedrados 2024”, dirigida a los y las representantes o presidentes de Comités Vecinales de comunidades y/o rancherías de nuestro Municipio, organizada por la Jefatura de Desarrollo Rural, con una vigencia del día de su aprobación al 31 de diciembre del 2024 o hasta agotar recurso, misma que se anexa al presente.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

g)    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, para que:

 

PRIMERO. - Se apruebe llevar a cabo el proyecto denominado “Reempedrados 2024”, el cual consiste en reempedrar algunos caminos beneficiados los cuales serán los siguientes:

 

Camino/

Comunidad

Delegación

Metros Cuadrados

Beneficiarios

Aprox.

Costo total

El Capulín

(continuación)

Capilla de Milpillas

500

1350

$40,000.00

Santa María

Ojo de Agua de Latillas

500

900

$40,000.00

San Antonio

San José de Gracia

500

1050

$40,000.00

La Martinica

Capilla de Milpillas

500

1300

$40,000.00

El Cinco

Capilla de Guadalupe

500

1960

$40,000.00

TOTAL

2500

6560

$200,000.00

 

SEGUNDO. - Se autorice que el Municipio de Tepatitlán de Morelos, aporte la mano de obra, erogando la cantidad de hasta $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.), para la contratación de varias cuadrillas de empedradores, con un costo de $80.00 (ochenta pesos 00/100 M.N.) por metro cuadrado, cantidad que se tomará del Proyecto 101- “Programa Vialidades Óptimas para Incrementar Productividad Rural” de la partida 441-Ayudas Sociales a Personas, del Recurso Fiscal 10124 (Recursos Fiscales 2024).

 

TERCERO. - Los beneficiarios aportarán el material necesario para la realización de las obras citadas anteriormente.

 

CUARTO. - Se faculte a los Representantes del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, los CC. Miguel Ángel Esquivias Esquivias, Rigoberto González Gutiérrez, Marco Antonio Isaac González y Atanacio Ramírez Torres, en su carácter de Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Encargado de la Hacienda Municipal y Tesorero, respectivamente, para la firma de los instrumentos jurídicos correspondientes.

 

SE ACORDÓ DEJARLO PENDIENTE PARA SU ANÁLISIS

 

 

h)    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita:

 

PRIMERO. - Se autorice llevar a cabo los “TALLERES DE AUTOEMPLEO A POBLACIÓN EN ESTADO VULNERABLE”, así como los maestros que impartirán dichos talleres y su remuneración que será erogada del Presupuesto de Egresos 2024, Proyecto “TALLERES DE AUTOEMPLEO A POBLACIÓN EN ESTADO VULNERABLE”, Partida 339.

 

SEGUNDO. - Los talleres antes mencionados se llevarán a cabo primeramente en la cabecera municipal y posteriormente en las Delegaciones como se expone en las siguientes tablas:

 

TALLER

DOCENTE

REMUNERACIÓN X HORA CLASE

TOTAL HORAS X SEMANA

TALLER DE LAVADO Y

MTRO. LUIS JORGE DÍAZ MACIAS

$197.00 + IVA

6

DETALLADO AUTOMOTRIZ

TALLER DE INGLÉS

MTRO. JOSÉ LUIS MORA PALACIOS

$197.00 + IVA

8

LABORAL

TALLER DE

MTRO. LUIS JORGE DÍAZ MACIAS

$197.00 + IVA

14

REGULARIZACIÓN

 

TALLER DE LAVADO Y DETALLADO AUTOMOTRIZ

MATERIAL Y BÁSICOS

 (MTRO. LUIS JORGE DÍAZ MACIAS)

CALENDARIO DE CLASES “SEMANA 1”

DIA

HORARIO

SEDE

MARTES

3:00 PM A 6:00 PM

PICACHOS

VIERNES

3:00 PM A 6:00 PM

AGUILILLAS

CALENDARIO DE CLASES “SEMANA 2”

DIA

HORARIO

SEDE

MARTES

3:00 PM A 6:00 PM

TECOMATLÁN (COBAEJ)

VIERNES

3:00 PM A 6:00 PM

MEZCALA

TALLER DE CLASES DE INGLES

PROGRAMA DE ESTUDIO

LENGUA ADICIONAL AL ESPAÑOL 1

(MTR. JOSE LUIS MORA PALACIOS)

CALENDARIO DE CLASES

DIA

HORARIO

SEDE

MARTES

6:00 PM A 8:00 PM

PEGUEROS

MIÉRCOLES

5:00 PM A 7:00 PM

SAN GABRIEL

JUEVES

4:00 PM A 6:00 PM

CAPILLA DE GUADALUPE

VIERNES

5:00 PM A 7:00 PM

SAN JOSÉ DE GRACIA

ESCUELA DE REGULARIZACIÓN

(MTRO. LUIS JORGE DÍAZ MACIAS)

CALENDARIO DE CLASES

DIA

HORARIO Y GRUPO

HORARIO Y GRUPO

HORARIO Y GRUPO

SEDE

 

04:00 PM A 05:00 PM PRIMERO Y SEGUNDO

05:00 PM A 06:00 PM TERCERO Y CUARTO

06:00 PM A 07:00 PM QUINTO Y SEXTO

 

LUNES

AGUILILLAS.

 

 

 

04:00 PM A 05:00 PM

05:00 PM A 06:00 PM TERCERO Y CUARTO

06:00 PM A 07:00 PM QUINTO Y SEXTO

 

MIÉRCOLES

PRIMERO Y SEGUNDO

AGUILILLAS.

 

 

 

 

04:00 PM A 05:00 PM PRIMERO Y SEGUNDO

05:00 PM A 06:00 PM TERCERO Y CUARTO

06:00 PM A 07:00 PM QUINTO Y SEXTO

SAN GABRIEL

JUEVES

 

 

09:00 PM A 10:00 PM PRIMERO Y SEGUNDO

10:00 AM A 11:00 AM TERCERO Y CUARTO

11:00 AM A 12:00 PM QUINTO Y SEXTO

AGUILILLAS O ADOBES.

 

 

SÁBADO

ASESORÍA Y REGULARIZACIÓN 12:00 PM A 2:00 PM

CENTRO DE REHABILITACIÓN

 

 

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

i)     Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita autoricen las Reglas de Operación del Programa denominado “AYUDAS SOCIALES A PERSONAS” del Ejercicio Fiscal 2024, las cuales tendrán vigencia del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2024, mismas que se anexan al presente.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

j)     Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita se autoricen las Reglas de Operación del Programa denominado “AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO” del Ejercicio Fiscal 2024, las cuales tendrán vigencia del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2024, mismas que se anexan al presente.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

k)    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita:

 

PRIMERO. - Se autorice otorgar un apoyo económico, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2024, a las siguientes Instituciones:

 

 

INSTITUCIONES

APOYO

MENSUAL

TOTAL ANUAL

1

PROCURADURÍA SOCIAL

$ 3,500.00

$42,000.00

2

MAESTRAS PÍAS DE RIMINI AC

$15,000.00

$180,000.00

3

INTERNADO “JUAN ESCUTIA”, A.C.

$5,000.00

$60,000.00

4

COMPARTIR HERMANO, A.C.

$6,000.00

$72,000.00

5

LUZ Y AMOR LATIENDO CON UN MISMO CORAZÓN A.C.

$5,000.00

$60,000.00

6

DESEOS DEL CORAZÓN APOYANDO AL AUTISMO A.C.

$6,500.00

$78,000.00

7

TEPATITLÁN EMPEZANDO A VIVIR, A.C.

$3,000.00

$36,000.00

8

CENTRO DE DESARROLLO PARA JÓVENES SEÑOR DE LA MISERICORDIA, A.C.

$6,500.00

$78,000.00

9

BANCO DE ALIMENTOS DE TEPA

$5,000.00

$60,000.00

10

ASOCIACIÓN NACIONAL PRO SUPERACIÓN, A. C. (ANSPAC)

$3,000.00

$36,000.00

11

SALA DE VELACIÓN “MISIÓN SAN FRANCISCO JAVIER”

$3,000.00

$36,000.00

12

ESPACIO GRATO PARA LA TERCERA EDAD, A.C.

$20,000.00

$240,000.00

13

CENTRO DE RECUPERACIÓN PARA ADICCIÓN TRINITA, A.C.

$4,000.00

$48,000.00

14

CENTRO DE INTEGRACIÓN PARA JÓVENES EN ADICCIÓN ANTES QUE … A.C.

$2,000.00

$24,000.00

15

CENTRO DE INTEGRACIÓN PARA JÓVENES ANTES QUE, A.C. EXTENSIÓN PARA MENORES DE EDAD 10-17 AÑOS

$2,000.00

$24,000.00

16

CENTRO DE INTEGRACIÓN PARA JÓVENES EN ADICCIÓN ANTES QUE… A.C. EXTENSIÓN MUJERES

$3,000.00

$36,000.00

17

SALUD INTEGRAL DE LOS ALTOS, A.C

$7,000.00

$84,000.00

18

HOGAR ANA MARÍA CASILLAS, A.C.

$9,000.00

$108,000.00

19

 INCLUSIÓN CON FELICIDAD, A.C.

$4,000.00

$48,000.00

20

CRUZ ROJA PEGUEROS

$4,500.00

$54,000.00

21

CRUZ ROJA SAN JOSÉ DE GRACIA

$4,500.00

$54,000.00

22

CRUZ ROJA CAPILLA DE GUADALUPE

$4,500.00

$54,000.00

23

CRUZ ROJA TEPATITLÁN

$15,000.00

$180,000.00

24

CASA DE REPOSO TERESA DE CALCUTA, A.C.

$10,000.00

$120,000.00

25

PINTADOS DE AZÚL, A.C.

$5,000.00

$60,000.00

26

ESTANCIA TEPATITLÁN LIBERTAD INTERIOR

$3,000.00

$36,000.00

27

UNIDOS MEJORANDO VIDAS CONVIVIENDO CON LA PARÁLISIS CEREBRAL Y DISCAPACIDAD MOTRIZ A.C.

$3,000.00

$36,000.00

28

FUNDACIÓN ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS A.C.

2,000.00

24,000.00

 

TOTALES

 $164,000.00

$1,968,000.00

 

SEGUNDO. - De igual manera se autorice otorgar un apoyo económico en una sola exhibición a las siguientes instituciones:

 

 

INSTITUCIONES

APOYO

 

1

MAESTRAS PÍAS DE RIMINI A.C. (PREDIAL)

$20,000.00

2

FUNDACIÓN TELETON MÉXICO, A.S.

$220,000.00

 

TOTAL

$240,000.00

 

TERCERO. - Los montos asignados a las instituciones antes citadas se erogarán del Presupuesto de Egresos 2024 del proyecto TIEMPO DE RESPUESTA, partida 445, con la fuente de financiamiento 10124 (recursos fiscales) beneficiadas del programa “AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO”.

 

APROBADO POR MAYORÍA

 

 

 

l)     Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita:

 

PRIMERO. - Se autorice otorgar un apoyo económico, para realizar la compensación a las 15 auxiliares de salud que prestan sus servicios en las 8 casas de salud activas que actualmente se encuentran funcionando en las diferentes comunidades que pertenecen al Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2024, por la cantidad de $15,000.00 pesos (quince mil pesos 00/100 M.N.) mensuales, como se describe a continuación:

 

Comunidad

Auxiliar de Salud

Rancho la Cebadilla

Edith Alejandra Ramírez González

Cecilia Guzmán Alcalá

Rancho Ojo de Agua de Latillas

Marlene Martín del Campo Sánchez

Ma. Del Refugio Fernández Fuentes

Rancho Santa Cruz

Bertha Marcela Zúñiga Castellanos

Adela Barajas Ruiz

Rancho Ramblas Grande

Rosaura Plascencia Velázquez

 

Mesa del Guitarrero

Laura Susana Velázquez Martínez

Esmeralda Orozco Velázquez

Rancho Lagunillas

Hermenegilda González Ramírez

Enedelia Mendoza Orozco

Rancho los Cerritos

Evelia Huerta López

Diana Martín González

Rancho Mazatitlán

Ofelia Delgado Gómez

Julissa Ramírez González

 

SEGUNDO. – Dicho apoyo será retroactivo al mes de enero del 2024 hasta diciembre del presente año y se erogará del Presupuesto de Egresos 2024, del proyecto TIEMPO DE RESPUESTA, partida 445, con la fuente de financiamiento 10124 (recursos fiscales) “AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO”.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

m)  Dictamen de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se apruebe que la nomenclatura de la vialidad localizada dentro del fraccionamiento denominado “ARIA RESIDENCIAL”, ubicado entre calle Yaquis y calle Mixtecas en “Las Colonias”, de esta ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco; quede de la siguiente manera:

 

·        CIRCUITO ARIA

 

Lo anterior con base en lo dispuesto por los artículos 70 y 71 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Construcción del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, así como el artículo 28 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Obra Pública para el Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

n)    Dictamen de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se apruebe que la nomenclatura de las vialidades localizadas dentro del Desarrollo Habitacional Unifamiliar Densidad Alta (H4-U), Mixto de Nivel Barrial Intensidad Alta (MB4) y Mixto de Nivel Distrital Intensidad Alta (MD4) denominado “PEÑON CRISTERO RESIDENCIAL”, Etapas 1 y 2, ubicado por el antiguo camino a La Villa, al noreste de la  ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco; quede de la siguiente manera:

 

v  Calzada de los Mártires (continuación)

v Calle Cristeros

v Circuito Valparaíso

v Calle Huejuquilla

v Calle Patriarcas

v Pasaje Cristeros

v Avenida Brigada de la Cruz

v Calle Brigada Quintanar

v Calle Brigada de los Altos 

 

Lo anterior con base en lo dispuesto por los artículos 70 y 71 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Construcción del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, así como el artículo 28 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Obra Pública para el Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

o)    Dictamen de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se apruebe que la nomenclatura de la vialidad que se encuentra dentro del fraccionamiento denominado “CIUDAD NATTURA”, Etapa 1, ubicado por Boulevard Lic. Anacleto González Flores, al suroeste del centro de la ciudad de Tepatitlán de Morelos Jalisco; quede con el nombre de:

 

v  VÍA NATTURA

 

Lo anterior con base en lo dispuesto por los artículos 70 y 71 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Construcción del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, así como el artículo 28 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Obra Pública para el Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

p)    Dictamen de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que:

 

PRIMERO.- Se autorice escriturar a favor del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, una superficie que suma 7,159.175 m2, como área de cesión para vialidades del desarrollo Habitacional Unifamiliar Densidad Alta (H4-U), Mixto de Nivel Barrial Intensidad Alta (MB4) y Mixto de Nivel Vecinal Intensidad Alta (MV4) denominado “PASEO DE LA RIVERA”, ubicado al lado poniente del fraccionamiento Infonavit El Tablón,  al norte de la ciudad de Tepatitlán de Morelos. Estas vialidades locales, tienen las siguientes superficies:

 

1)     VL-01:    199.921 m2

2)     VL-02:    196.285 m2

3)     VL-03:     516.704 m2

4)     VL-04:     500.763 m2

5)     VL-05:     597.454 m2

6)     VL-06:  3,128.713 m2

7)     VL-07:  1,786.794 m2

8)     VL-07b:   232.541 m2

 

SEGUNDO.- Así mismo se autorice escriturar a favor del Municipio, el área de cesión para destinos de desarrollo arriba mencionado, que se describe a continuación:

 

1)     EV-1: 4,285.00 m2

 

TERCERO.- Se faculte a los Representantes del Gobierno Municipal, los CC. Miguel Ángel Esquivias Esquivias, Rigoberto González Gutiérrez y Marco Antonio Isaac González, en su carácter de Presidente, Síndico y Secretario General respectivamente, para que firmen la escritura correspondiente, la cual se tramitará por cuenta y costo del solicitante.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

q)    Dictamen de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se autorice la recepción por parte del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, de las obras de urbanización del desarrollo denominado “QUINTA REGINA”, ubicado por la Av. José González Carnicerito en esta ciudad. Toda vez que cumple con los requisitos que marca el Código Urbano y demás Leyes y Reglamentos relativos y aplicables.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

r)     Dictamen de la Comisión de Hacienda y Patrimonio, para que

 

PRIMERO: En virtud de lo dispuesto en el Artículo 29 Segundo Párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2024, se autorice la reducción del 50% en recargos por falta de refrendo de la Licencia Municipal, así como falta de pago oportuno del Impuesto Predial. Aplicando el descuento a partir de la fecha y con vigencia hasta el 30 de marzo del 2024.

 

SEGUNDO: En relación con lo descrito en el Artículo 103 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2024, se autorice la reducción de un 50% a las multas aplicadas por falta de refrendo de la Licencia Municipal, así como falta de pago oportuno del Impuesto Predial. Aplicando el descuento a partir de la fecha y con vigencia hasta el 30 de marzo del 2024.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

s)    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Patrimonio, para que

 

PRIMERO: Se autorice al Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, para que durante el ejercicio fiscal 2024 y por conducto del Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal, gestionen y contraten uno o varios financiamientos en una o varias etapas por un monto de hasta $113,913,620.83 (Ciento trece millones novecientos trece mil seiscientos veinte pesos 83/100 M.N.) más, en su caso, las cantidades necesarias para demás gastos y costos relacionados con la contratación que se generen. Monto que se encuentra previsto en los límites máximos establecidos en el Anexo F del Decreto de Autorización y que se deberá adquirir en las mejores condiciones de mercado.

 

Las operaciones autorizadas deberán ser contratadas con una o más instituciones del Sistema Financiero Mexicano que opere en territorio nacional, ser pagaderas en moneda en curso legal en los Estados Unidos Mexicanos, dentro del territorio nacional y prever su expresa prohibición de su cesión a extranjeros. En ningún caso podrán exceder del plazo de hasta 10 años, contados a partir de la celebración y/o disposición de cada financiamiento correspondiente; en el entendido que los instrumentos jurídicos que se formalicen deberán precisar el plazo máximo en días y una fecha específica de vencimiento de la operación de que se trate.

 

Para lo relativo a los gastos y costos relacionados con la contratación, deberá observarse lo dispuesto por los artículos 22 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y 27 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.

 

SEGUNDO: En términos de lo que disponen los artículos 117, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, fracción XXV, de la Ley de Disciplina Financiera y el artículo 25, fracción II, inciso c), numeral 1, del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, artículo 2, fracción XV, de la Ley de Deuda Estatal y el artículo 16, fracción tercera del Reglamento del Registro Estatal de Obligaciones de los Entes Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios (el “Reglamento Estatal”) se autorice que los recursos que se obtengan en virtud del financiamiento autorizado en el numeral anterior, sean destinados hasta la cantidad de $113,913,620.83 (Ciento trece millones novecientos trece mil seiscientos veinte pesos 83/100 M.N.), para el refinanciamiento del saldo insoluto del siguiente crédito:

 

Acreedor

Monto original contratado (pesos)

Fecha de contratación

Clave de Registro RPU

Clave de Registro Estatal

Saldo al 31 de diciembre de 2023 (pesos)

Fecha de Vencimiento

Total

$144,062,432.09

 

 

 

$113,913,620.83

 

BANOBRAS

$144,062,432.09

8 de mayo de 2017

P14-0917050

009/2017

$113,913,620.83

8 de noviembre de 2032

 

TERCERO: Se autorice al Municipio para que sin perjuicio de afectaciones previas y en su caso conviniendo el esquema de desafectaciones y de las nuevas afectaciones, afecte como fuente de pago y/o garantía y/o fuente alterna de pago de dichas operaciones, un porcentaje necesario y suficiente de sus ingresos por concepto de participaciones en ingresos federales, porcentaje que tendrá como límite de (i) hasta el 35% (treinta y cinco por ciento) de los derechos e ingresos que por concepto de participaciones en ingresos federales del Fondo General de Participaciones, parte del Ramo 28, le corresponden al Municipio, y (ii) hasta el 35% (treinta y cinco por ciento) de los derechos e ingresos que por concepto de participaciones en ingresos federales del Fondo de Fomento Municipal le corresponden al Municipio al Fideicomiso Monex F/3087.

 

CUARTO: En caso que el financiamiento autorizado se adquiera bajo el Programa LCGM y el Decreto de Autorización, se autorice al Municipio para que se adhiera como Fideicomitente Adherente del Fideicomiso Monex F/3087, y las modificaciones que de tiempo en tiempo se instrumenten al mismo, para que éste funja como mecanismo de Distribución de las Participaciones en Ingresos Federales que del Fondo General de Participaciones (parte del Ramo 28) y del Fondo de Fomento Municipal corresponden a los Municipios del Estado; por lo que a efecto de formalizar la afectación de ingresos que en este acto se autoriza, el Municipio a través de sus funcionarios facultados para celebrar los convenios necesarios para su adhesión al citado Fideicomiso Monex F/3087, con el carácter de fideicomitente adherente, y celebrar con el Estado de Jalisco los convenios de reconocimientos de adeudos y compensación para el caso de que reciban apoyos financieros por parte del Estado y/o aquellos instrumentos en que reconozca la subrogación del Estado, para el caso de ejecución de la obligación del Estado a subrogarse en las operaciones de financiamiento contraídas por el Municipio, en términos del artículo 52 del Decreto de Autorización y deberá preverse en los instrumentos respectivos que: para que el Municipio pueda ejercer el derecho a dar por terminado de manera anticipada y/o revocar el convenio de adhesión al Fideicomiso Monex F/3087 y el Convenio de Reconocimiento de Adeudo con el Estado, el Municipio requerirá de la previa aprobación de este H. Ayuntamiento y de la anuencia de los Fideicomisarios B inscritos.

 

Asimismo, se autorice a pactar en favor de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco, que para el caso de que el Estado de Jalisco se subrogue en los derechos de acreedor que correspondan en las operaciones de crédito celebradas bajo el esquema de la Línea de Crédito Global Municipal, el Estado tendrá el derecho a (i) retener y/o compensar de las participaciones que en ingresos federales le corresponden al Municipio el monto mensual de amortización y pago correspondiente, así como (ii) el derecho del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de la Hacienda Pública a realizar la cesión o transmisión de los derechos de crédito y sus accesorios, garantías o fuente de pago, a favor de instituciones de crédito autorizadas para operar en el país.

 

QUINTO: Se autorice al Municipio a participar como beneficiario del Fideicomiso Monex F/3087, constituido por la Secretaría de la Hacienda Pública como mecanismo de distribución general de participaciones que en ingresos federales correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal reciba el Estado de Jalisco de la Tesorería de la Federación de conformidad con lo previsto por el artículo 8º de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Jalisco con sus Municipios y el Título Décimo del Decreto de Autorización, así como a suscribir para tal efecto los actos jurídicos necesarios que documenten su consentimiento con la aportación de dichos ingresos por parte del Estado al Fideicomiso Monex F/3087 para efectos de una más transparente distribución de los mismos, sin perjuicio de derechos de terceros.

 

SEXTO: Para la ejecución de los acuerdos de la presente autorización se faculte al Presidente Municipal para que de manera conjunta con el Síndico Municipal, Secretario General y Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal, suscriban el o los contratos de apertura de crédito, fideicomisos, convenios, instrucciones, mandatos y en su caso el convenio de inversión con el Estado, así como todos aquellos actos jurídicos preparatorios, preliminares y definitivos que se requieran para obtener, en una o varias disposiciones, los financiamientos autorizados, otorgándoles para tal efecto facultades generales para celebrar actos de dominio, de administración, de pleitos y cobranzas y cualquier facultad especial que se requiera, incluyendo la de suscripción de títulos y operaciones de crédito.

 

SÉPTIMO: Se autorice al Municipio para contratar, en caso de considerar conveniente, instrumentos derivados tales como contratos de cobertura de tasa de intereses de los denominados Caps o de intercambio de tasas de intereses de los denominados Swaps o de cualquier otro tipo, para mitigar los riesgos de la tasa de intereses asociados al mercado de dinero, conforme a las condiciones de mercado, así como contratos de garantía, durante la vigencia del o los financiamientos contratados al amparo de la presente autorización, el Municipio podrá mas no deberá ser obligatorio.

 

Del mismo modo, podrán darse por terminados, en los términos contractuales que los rigen, los instrumentos derivados y/o garantías de pago oportuno que tengan contratadas en relación con los créditos a refinanciar, o convenir con las partes relacionadas las modificaciones o vinculación de dichos instrumentos a los nuevos créditos contratados.

 

OCTAVO: Las operaciones realizadas conforme a la presente autorización, según corresponda, deberán inscribirse en el Registro Estatal de Obligaciones de los Entes Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios que lleva a cabo la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco y en el Registro Público Único, que tiene a su cargo la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el artículo 9° de la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley de Deuda Estatal, el Reglamento del Registro Estatal, el Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios y demás normas aplicables. En caso de que la normatividad federal, estatal o general correspondiente establezca forma distinta de registro, las inscripciones deberán realizarse en términos de la misma.

 

NOVENO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco y artículos 24 último párrafo, 42 penúltimo y último párrafos de la Ley de Deuda Estatal, a efecto de reflejar la obtención de los recursos extraordinarios aprobados en los acuerdos anteriores, se autorice al Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal para que realice los ajustes correspondientes a la proyección de Ingresos contemplada en la Ley de Ingresos y al Presupuesto de Egresos del Municipio para el ejercicio en el que perciba los recursos y notifique tales ajustes a este H. Ayuntamiento y al H. Congreso del Estado al rendir la Cuenta Pública.

 

DÉCIMO: El Municipio deberá prever anualmente en su presupuesto de egresos en tanto existan obligaciones a su cargo pendientes de pago que deriven del o los financiamientos que se celebren con sustento en la presente autorización, el importe o partida que permita realizar las erogaciones para el pago del servicio de la deuda, en cada ejercicio fiscal, hasta la total liquidación del o los financiamientos.

 

DÉCIMO PRIMERO: Con la finalidad de fortalecer las finanzas públicas municipales, en caso que el financiamiento autorizado se adquiera bajo el Programa LCGM, se autoriza al Municipio por conducto del Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal, a convenir, adherirse y/o obligarse con la Secretaría de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado de Jalisco a instrumentar los Programas o Acciones de Fortalecimiento y Ajuste Financiero que sea determinados conjuntamente con el Comité Técnico del Fideicomiso Monex F/3087, incluyendo los convenios necesarios para la ejecución de la obra.

 

DÉCIMO SEGUNDO: Con el propósito de acreditar la obtención del financiamiento autorizado en las mejores condiciones de mercado, se autorice al C. Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal a llevar a cabo un Proceso Competitivo Individual para efectos de contratar el financiamiento que se autoriza en el artículo primero bajo las mejores condiciones de mercado, conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley de Disciplina Financiera, y con base en sus resultados, se determine adherirse al Programa LCGM o bien contrate el financiamiento sin el respaldo financiero del Estado, siempre y cuando lo haga en mejores condiciones de mercado.

 

El monto que se autorice contratar en el artículo primero se encuentra previsto en los límites máximos establecidos en el Anexo F del Decreto de Autorización, financiamiento que podrá adquirirse:

 

         I.        Al amparo de los lineamientos de la Línea de Crédito Global Municipal a que se refiere el Título Décimo.- Del Programa de Apoyo para el Financiamiento Global a Municipios del Decreto de Autorización o bien

       II.        Contratar dicho monto cuando las condiciones derivadas del proceso competitivo individual o directo resulten mejores que la LCGM por lo que se podrá efectuar su contratación sin el respaldo financiero del Estado, siempre y cuando lo haga en mejores condiciones de mercado.

 

DÉCIMO TERCERO: Se apruebe que las autorizaciones otorgadas en el presente para la adquisición de financiamientos y obligaciones, se podrá ejercer durante el ejercicio fiscal 2024.

 

DÉCIMO CUARTO: Las operaciones que se celebren en términos de la presente autorización durante su vigencia podrán ser objeto de refinanciamiento o adecuación en sus términos, sin exceder el plazo máximo autorizado y siempre que se obtengan mejoras jurídicas y/o financieras respecto de las condiciones originales de contratación.

 

DÉCIMO QUINTO .- La presente autorización fue autorizada por el voto de las dos terceras partes de 14 catorce Munícipes presente de los 16 dieciséis integrantes del H. Ayuntamiento previo análisis del destino del o los empréstitos y obligaciones, de la capacidad de pago, de la fuente de pago del Municipio, y con fundamento en la fracción VIII del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 22, 24 y 25 de la Ley de Disciplina Financiera y demás normatividad aplicable y conducente.  

 

 

APROBADO POR MAYORÍA

 

 

 

t)     Dictamen de la Comisión de Hacienda y Patrimonio, para que se autorice la ampliación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2024, de $785’851,185.21 (Setecientos ochenta y cinco millones ochocientos cincuenta y un mil ciento ochenta y cinco pesos 21/100 M.N.) a $786’607,926.24 (Setecientos ochenta y seis millones seiscientos siete mil novecientos veintiséis pesos 24/100 M.N.), conforme a lo siguiente:

 

CUENTA:

DESCRIPCIÓN:

IMPORTE:

 

REMANENTE RECURSOS PROPIOS

$322,645.00

5.1.0.2

PRODUCTOS DIVERSOS (RENDIMIENTOS RECURSOS PROPIOS)

$200,000.00

 

REMANENTES INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL 2023

$169,442.17

 

REMANENTES FORTAMUN 2023

$1,807.91

 

REMANENTES FONDO JALISCO DE ANIMACIÓN CULTURAL 2023

$14.02

 

REMANENTES ESTRATEGIA ALE 2023

$30,287.64

 

REMANENTES FOCOCI 2023

$32,544.29

 

IMPORTE TOTAL:

$756,741.03

 

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

u)    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Patrimonio, para que se autoricen los ajustes presupuestales que a continuación se describen:

 

Ajuste N° 3: Ampliación por la cantidad de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.), de la partida 341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS, con fuente de financiamiento 10124 RECURSOS FISCALES 2024, del proyecto 105 PROGRAMA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA EFICIENTE, adscrito a la Dirección de Hacienda y Tesorería Municipal, lo anterior para contar con suficiencia presupuestal para el registro de las comisiones bancarias generadas por las transacciones realizadas en las cuentas bancarias de dicha fuente de financiamiento.

 

Ajuste N° 9: Ampliación por la cantidad de $201,551.74 (Doscientos un mil quinientos cincuenta y un pesos 74/100 M.N.) conforme a lo siguiente:

 

PARTIDA:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

DESCRIPCIÓN:

IMPORTE:

396

50223 FORTAMUN 2023

REINTEGRO A TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN

$1,807.91

396

60203 FONDO JALISCO DE ANIMACION CULTURAL

REINTEGRO A LA SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

$14.02

396

60216 ESTRATEGIA ALE

REINTEGRO A LA SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

$30,287.64

396

50123 INFRAESTRUCTURA SOCIAL 2023

REINTEGRO A TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN

$169,442.17

 

Ajuste N° 11: Ampliación por la cantidad de $35,544.29 (Treinta y cinco mil quinientos cuarenta y cuatro pesos 29/200 M.N.), de la partida 396 OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES, con fuente de financiamiento 60206 FOCOCCI 2023, del proyecto 105 PROGRAMA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA EFICIENTE, adscrito a la Dirección de Hacienda y Tesorería Municipal, lo anterior para contar con suficiencia presupuestal para el reintegro de recursos no ejercidos a la Secretaría de Hacienda Pública del Estado de Jalisco.

 

Ajuste N° 12: Ampliación presupuestal por la cantidad de $22,645.00 (Veintidós mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), de la partida 991 ADEFAS, fuente de financiamiento 10123 RECURSOS FISCALES 2023, del proyecto 105 PROGRAMA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA EFICIENTE, adscrito a la Dirección de Hacienda y Tesorería Municipal, lo anterior para contar con suficiencia presupuestal para el pago de las siguientes cuentas por pagar del Ejercicio Fiscal 2023:

 

CXP:

PROVEEDOR:

DESCRIPCION:

IMPORTE:

8392

RADIOMÓVIL DIPSA, S.A. DE C.V.

Pago por el servicio de telecomunicaciones para los GPS instalados en los camiones recolectores de basura correspondiente al mes de diciembre del 2023

$6,580.00

8393

RADIOMÓVIL DIPSA, S.A. DE C.V.

Pago por los 5 servicios de telecomunicaciones para los camiones recolectores de basura que no contaban con GPS correspondientes al mes de diciembre del 2023

$9,275.00

8394

RADIOMÓVIL DIPSA, S.A. DE C.V.

Pago por 20 planes de datos empresarial 8GB, consumo controlado, para la Policía Vial y Estacionómetros de la Jefatura de Ingresos correspondiente al mes de diciembre del 2023

$6,790.00

 

Ajuste N° 14: Ampliación presupuestal por la cantidad de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.), de la partida 133 HORAS EXTRAORDINARIAS, con fuente de financiamiento 10123 RECURSOS FISCALES 2023, del proyecto 109 PAGO DE NÓMINA, adscrito al área de Oficialía Mayor Administrativa, lo anterior para contar con suficiencia presupuestal para el pago de horas extraordinarias del personal supernumerario.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

v)    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Patrimonio, para que se autoricen las transferencias presupuestales siguientes:

 

Transferencia N° 11: Por la cantidad de $2’200,000.00 (Dos millones doscientos mil pesos 0/100 M.N.), conforme se describe a continuación, para contar con recurso disponible de recursos propios para la compra de asfalto, toda vez que las participaciones federales llegan dosificadas mes a mes.

No.

Unidad Administrativa / Partida

Transferencia

Reducción

Ampliación

 

01.19.01.01 OFICIALÍA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR

0.00

$1'000,000.00

152

INDEMNIZACIONES

PROYECTO 109, RECURSO 50324

01.19.01.01 OFICIALÍA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR

0.00

$1'200,000.00

154

PRESTACIONES CONTRACTUALES

PROYECTO 109, RECURSO 10124

01.17.01.05 MAQUINARIA, MANTENIMIENTO A VIALIDADES Y CAMINOS RURALES OFICINA DEL TITULAR

$1'000,000.00

0.00

241

PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS

PROYECTO 22, RECURSO 50324

01.19.01.01 OFICIALÍA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR

$1'200,000.00

0.00

152

INDEMNIZACIONES

PROYECTO 109, RECURSO 10124

TOTAL

$2'200,000.00

$2'200,000.00

 

TRANSFERENCIA N° 13: Por la cantidad de $12’861,833.56 (Doce millones ochocientos sesenta y un mil ochocientos treinta y tres pesos 56/100 M.N.), conforme se describe a continuación, para contar con recurso disponible de recursos propios para la compra de asfalto, toda vez que las participaciones federales llegan dosificadas mes a mes:

No.

Unidad Administrativa / Partida

Transferencia

Reducción

Ampliación

01.19.01.01 OFICIALIA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR

0.00

$5'930,916.78

151

CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y FONDO DE TRABAJO

PROYECTO 109, RECURSO 50324

01.17.01.05 MAQUINARIA, MANTENIMIENTO A VIALIDADES Y CAMINOS RURALES OFICINA DEL TITULAR

$5'930,916.78

0.00

241

PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS

PROYECTO 22, RECURSO 50324

01.17.01.05 MAQUINARIA, MANTENIMIENTO A VIALIDADES Y CAMINOS RURALES OFICINA DEL TITULAR

0.00

$6'930,916.78

241

PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS

PROYECTO 22 RECURSO 10124

01.19.01.01 OFICIALIA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR

$6'930,916.78

0.00

151

CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y FONDO DE TRABAJO

PROYECTO 109, RECURSO 10124

TOTAL

$12'861,833.56

$12'861,833.56

 

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

 

w)   Dictamen de la Comisión de Hacienda y Patrimonio colegiado con Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que:

 

PRIMERO.- Se autorice el Acta de la Sesión Ordinaria Número 5 cinco del COPPLADEMUN (Consejo de Planeación y Participación para el Desarrollo Municipal), el cual prevé la revisión, validación y aprobación de los trabajos de priorización de solicitudes de obras y acciones de Infraestructura Social Básica para el ejercicio del gasto público del año 2024, celebrada el día 24 de enero de 2024, en las instalaciones de la Casa de la Cultura, ubicada en la calle Samartin Número 35 en la ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

 

SEGUNDO.- Se autorice ejercer el presupuesto del Ramo 33, específicamente el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal para el ejercicio fiscal 2024 del Municipio de Tepatitlán de Morelos, por la cantidad de $26,148,617.00 00/100 M.N. (Veintiséis millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos diecisiete pesos 00/100 M.N.) monto aprobado y publicado en el Periódico Oficial de Jalisco, número 30, sección IV, del día 27 de enero del año 2024, en obras priorizadas y que cumplan con los lineamientos emitidos por la Secretaría de Bienestar, en combate a la pobreza y rezago social, así mismo se valide y apruebe ejercer, de ser necesario, hasta el 3% del mismo presupuesto para Gastos Indirectos en la verificación, seguimiento de las obras y acciones que se realicen, así como para la realización de estudios y evaluación de proyectos a realizarse y de la misma forma, ejercer hasta el 2% del mismo presupuesto para el  Programa de Desarrollo Institucional Municipal (PRODIM), con la finalidad de fortalecer las capacidades de gestión del municipio.

 

TERCERO.- Se valide y apruebe la lista de obras y acciones que se recopilaron y priorizaron en la reunión que forma parte de la mencionada acta, de conformidad con la lista de obras de priorización anexa.

 

 

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

 

VI.- VARIOS.

 

 

1).- Solicitud de la Fracción del Partido Encuentro Solidario, por parte de la C. Regidora Julianne Harlent Mariat Alvarado Alvarado, quien presenta un Dictamen de la Comisión de Deportes, para que:

 

ÚNICO. - Se autorice la modificación del Acuerdo de Ayuntamiento número 912-2021/2024, de fecha 18 dieciocho de enero del año 2024 dos mil veinticuatro, únicamente en los costos del pago a los árbitros debido a que por omisión faltó especificar que los costos en los arbitrajes son más IVA menos retención por partido. Quedando de la siguiente manera:

 

PRIMERO. – Se autoriza la renovación de contratos, con vigencia del 1 de enero al 31 de julio y del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2024, para el pago de los arbitrajes de la Liga de Futbol Infantil, con el incremento de $10.00 pesos (diez pesos 00/100 M.N.) quedando los pagos de la siguiente manera:

 

Temporada 2023-2024 del 1° de enero al 31 de julio 2024

Categoría Pony

$155.00 más IVA menos retención por partido

Categoría Junior, 2015, 2014 y 2013

$165.00 más IVA menos retención por partido

Categoría 2012, 2011 y 2010

$180.00 más IVA menos retención por partido

 

Nota: en liguilla los pagos incrementan al doble en cada categoría, ya que se requiere árbitro central y árbitros asistentes.

 

Temporada 2024-2025 del 1° de agosto al 31 de diciembre 2024

Categoría Pony y Junior

$155.00 más IVA menos retención por partido

Categoría Junior, 2016, 2015 y 2014

$165.00 más IVA menos retención por partido

Categoría 2013, 2012 y 2011

$180.00 más IVA menos retención por partido

 

SEGUNDO.- Se tomará del Proyecto 103 Programa Eventos Deportivos de Alto Nivel, de la cuenta 339 “Pago de Arbitrajes de Ligas y Torneos”.

 

TERCERO.- Se faculta a los representantes del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, los CC. Miguel Ángel Esquivias Esquivias, Rigoberto González Gutiérrez, Marco Antonio Isaac González y Atanacio Ramírez Torres, en su calidad de Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal respectivamente para la firma del instrumento jurídico.

  

APROBADO POR UNANIMIDAD

 

2).- Solicitud de la Fracción del Partido Acción Nacional, por parte de la C. Regidora Mireya Franco Barba, para que se autorice integrarse como participante de la Comisión Edilicia de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD