ACUERDOS APROBADOS EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO #92 CON CARÁCTER DE ORDINARIA
PRESIDENCIA Y LEGALIDAD
Tepatitlán de Morelos, Jalisco; a 01 de febrero de 2024.
Acuerdos tomados en la Sesión Ordinaria de Ayuntamiento con fecha 01 de febrero de 2024 a las 17:00 Horas, celebrada en la Sala de Regidores en la planta alta de la Presidencia Municipal.
I.- Verificación de quórum y declaración de apertura.
II.- Propuesta del orden del día y en su
caso aprobación.
III.- Lectura y en su caso
aprobación de las Actas de las Sesiones de Ayuntamiento Ordinaria y
Extraordinaria, de fechas 18 y 26 de enero de 2024, respectivamente.
IV.- Lectura y turno de
Comunicaciones e Iniciativas.
NO SE PRESENTÓ NINGUNO.
V.- Lectura, discusión y
aprobación de Dictámenes.
a)
Dictamen de la Comisión de Espectáculos y
Festividades Cívicas, para que:
PRIMERO.- Se autorice facultar al Comité de
Adquisiciones de este Municipio para que inicie el proceso de licitación
pública para la contratación de los juegos mecánicos que se instalarán dentro
del Núcleo de la Feria, en el marco de la Feria Tepabril 2024, del domingo 14
de abril al domingo 05 de mayo del presente año, de conformidad a las bases
siguientes:
·
Los juegos mecánicos deberán estar listos, instalados
y operando del domingo 14 de abril al domingo 5 de mayo de 2024, en el Núcleo
de Feria.
1- Propuesta
basada en un costo de $2’100,000.00 IVA incluido.
2- Servicio
de 6 horas diarias.
3- Servicio
de 4 horas por la mañana el día martes 30 de abril.
4- Contar
con seguro vigente de todas las atracciones mecánicas.
5- Enviar
fotografías recientes de las atracciones.
6- Contar
con juegos mecánicos en buen estado.
7- Obtener
visto bueno por parte de Protección Civil y Bomberos.
8- Contar
con plantas de energía eléctrica para todas las atracciones.
9- El
combustible necesario para la operación de los juegos mecánicos corre por
cuenta del proveedor.
10- Todos
los operadores deberán ser mayores de edad y deberán estar identificados y
uniformados correctamente.
11- Contar
con remolque de baños necesarios para el personal que labora en las
atracciones.
12- El
personal no deberá consumir bebidas embriagantes ni sustancias ilícitas.
13- Mantenimiento
constante de los juegos mecánicos.
14- Mostrar
con documentación comprobable, la verificación y trayectoria en Ferias
Estatales o Nacionales.
15-
Propuesta basada en un mínimo de 20
juegos mecánicos.
Las diferentes atracciones que deberán
considerar las empresas participantes serán las siguientes:
·
Juegos espectaculares (12)
·
Juegos infantiles (8)
SEGUNDO. - Se apruebe erogar la cantidad de hasta $2’100,000.00 (dos millones cien mil
pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, del Proyecto No. 64 (Feria
Tepabril, Srita Tepatitlán y Niña Tepabril 2024), de la Partida 382, (Gastos de Orden
Social y Cultural)
APROBADO POR UNANIMIDAD
b)
Dictamen de la Comisión de Espectáculos y
Festividades Cívicas, para que se autorice
el costo total de renta de los espacios para puestos y expositores en el Núcleo
de Feria, durante la Feria Tepabril 2024, que se llevará a cabo del domingo 14
de abril al domingo 05 de mayo del presente año.
COSTO ESPACIO NÚCLEO
DE FERIA |
|
PABELLÓN
GASTRONÓMICO 12 x 12 M2 A UN COSTADO DEL PALENQUE O A NEGOCIAR UBICACIÓN |
$50,000.00 |
ZONA COMERCIAL |
|
EXPLANADA
LOCAL 5 x 5 M |
$12,000.00 |
EXPLANADA
ÁREA LIBRE M2 |
$4,000.00 |
APROBADO POR UNANIMIDAD
c)
Dictamen de la Comisión de Espectáculos y
Festividades Cívicas, para que:
PRIMERO. - Se
aprueben los costos en la renta
de los bares y terrazas en el Núcleo de la Feria, durante la Feria Tepabril
2024, que se llevará a cabo del domingo 14 de abril al domingo 05 mayo del
presente año.
COSTO ZONA DE BARES |
|
ISRAEL
SÁNCHEZ REYES |
$158,917.00 |
TEQUILERA
ORO BLANCO S.A. DE C.V. |
$158,917.00 |
TEQUILERA
SAN MATIAS DE JALISCO S.A. DE C.V. |
$199,056.00 |
TEQUILERA
GALINDO S.A. DE C.V. |
$171,600.00 |
EULOGIO
ARMANDO MALDONADO GARCÍA |
$216,707.00 |
CHRISTIAN
ADOLFO AVALOS URIBE |
$120,393.00 |
ESTEBAN
GUTIÉRREZ GARCÍA |
$68,796.00 |
SEGUNDO. - Dichas cantidades deberán cubrirse de la siguiente manera:
·
50% cincuenta por ciento el 29 de febrero del
presente año.
·
50% cincuenta por ciento el 31 de marzo del
presente año.
APROBADO POR UNANIMIDAD
d)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural,
para que:
PRIMERO. - Se aprueben las Reglas de Operación
para el Programa denominado “Incentivos a
pequeños y medianos productores, adquisición de semilla de maíz o bombas
aspersoras agrícolas eléctricas” para el ejercicio fiscal 2024, mismas que se anexan al presente dictamen.
SEGUNDO.
– Así mismo se apruebe lanzar mediante todas las vías
de comunicación con que cuente este H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, la convocatoria denominada “Evento Preventa de Semilla 2024”,
dirigida a las Casas Semilleras y/o distribuidores de semilla nacional en
nuestro Municipio, organizada por la Jefatura de Desarrollo Rural, con vigencia
del 01 al 09 de febrero del 2024, misma que se anexa al presente.
APROBADO POR UNANIMIDAD
e)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural,
para que se aprueben las Reglas de Operación del Programa “Incentivo económico
para adquisición de ganado bovino y porcino 2024”, mismas que se anexan
al presente dictamen.
APROBADO POR UNANIMIDAD
f)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural,
para que:
PRIMERO. - Se aprueben las Reglas de Operación
para el Programa denominado “Reempedrados 2024” que se anexan al presente dictamen.
SEGUNDO.
- Así mismo se apruebe lanzar mediante todas las vías
de comunicación con que cuente este H. Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, la convocatoria denominada “Reempedrados 2024”, dirigida a los y
las representantes o presidentes de Comités Vecinales de comunidades y/o
rancherías de nuestro Municipio, organizada por la Jefatura de Desarrollo
Rural, con una vigencia del día de su aprobación al 31 de diciembre del 2024 o
hasta agotar recurso, misma que se anexa al presente.
APROBADO POR UNANIMIDAD
g)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural,
para que:
PRIMERO. - Se
apruebe llevar a cabo el proyecto denominado “Reempedrados 2024”, el cual
consiste en reempedrar algunos caminos beneficiados los cuales serán los
siguientes:
Camino/ Comunidad |
Delegación |
Metros Cuadrados |
Beneficiarios Aprox. |
Costo total |
El Capulín (continuación) |
Capilla de
Milpillas |
500 |
1350 |
$40,000.00 |
Santa María |
Ojo de Agua de
Latillas |
500 |
900 |
$40,000.00 |
San Antonio |
San José de
Gracia |
500 |
1050 |
$40,000.00 |
La Martinica |
Capilla de
Milpillas |
500 |
1300 |
$40,000.00 |
El Cinco |
Capilla de
Guadalupe |
500 |
1960 |
$40,000.00 |
TOTAL |
2500 |
6560 |
$200,000.00 |
SEGUNDO. - Se
autorice que el Municipio de Tepatitlán de Morelos, aporte la mano de obra,
erogando la cantidad de hasta $200,000.00
(Doscientos mil pesos 00/100 M.N.),
para la contratación de varias cuadrillas de empedradores, con un costo de $80.00 (ochenta pesos 00/100 M.N.) por metro cuadrado, cantidad que se
tomará del Proyecto 101- “Programa Vialidades Óptimas para
Incrementar Productividad Rural” de la partida 441-Ayudas Sociales a Personas, del
Recurso Fiscal 10124 (Recursos
Fiscales 2024).
TERCERO.
- Los beneficiarios aportarán el material
necesario para la realización de las obras citadas anteriormente.
CUARTO. - Se
faculte a los Representantes del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco,
los CC. Miguel Ángel Esquivias Esquivias, Rigoberto González Gutiérrez, Marco
Antonio Isaac González y Atanacio Ramírez Torres, en su carácter de Presidente
Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Encargado de la Hacienda
Municipal y Tesorero, respectivamente, para la firma de los instrumentos
jurídicos correspondientes.
SE ACORDÓ DEJARLO
PENDIENTE PARA SU ANÁLISIS
h)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano,
Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita:
PRIMERO. - Se autorice llevar a cabo los “TALLERES
DE AUTOEMPLEO A POBLACIÓN EN ESTADO VULNERABLE”, así como los maestros que
impartirán dichos talleres y su remuneración que será erogada del Presupuesto
de Egresos 2024, Proyecto “TALLERES
DE AUTOEMPLEO A POBLACIÓN EN ESTADO VULNERABLE”, Partida
339.
SEGUNDO. - Los talleres antes mencionados se
llevarán a cabo primeramente en la cabecera municipal y posteriormente en las
Delegaciones como se expone en las siguientes tablas:
TALLER |
DOCENTE |
REMUNERACIÓN
X HORA CLASE |
TOTAL
HORAS X SEMANA |
|||||||
TALLER
DE LAVADO Y |
MTRO.
LUIS JORGE DÍAZ MACIAS |
$197.00
+ IVA |
6 |
|||||||
DETALLADO
AUTOMOTRIZ |
||||||||||
TALLER
DE INGLÉS |
MTRO.
JOSÉ LUIS MORA PALACIOS |
$197.00
+ IVA |
8 |
|||||||
LABORAL |
||||||||||
TALLER
DE |
MTRO.
LUIS JORGE DÍAZ MACIAS |
$197.00
+ IVA |
14 |
|||||||
REGULARIZACIÓN |
||||||||||
TALLER DE LAVADO Y
DETALLADO AUTOMOTRIZ |
||||||||||
MATERIAL Y BÁSICOS |
||||||||||
(MTRO. LUIS JORGE DÍAZ MACIAS) |
||||||||||
CALENDARIO
DE CLASES “SEMANA 1” |
||||||||||
DIA |
HORARIO |
SEDE |
||||||||
MARTES |
3:00
PM A 6:00 PM |
PICACHOS |
||||||||
VIERNES |
3:00
PM A 6:00 PM |
AGUILILLAS |
||||||||
CALENDARIO
DE CLASES “SEMANA 2” |
||||||||||
DIA |
HORARIO |
SEDE |
||||||||
MARTES |
3:00
PM A 6:00 PM |
TECOMATLÁN
(COBAEJ) |
||||||||
VIERNES |
3:00
PM A 6:00 PM |
MEZCALA |
||||||||
LENGUA
ADICIONAL AL ESPAÑOL 1 |
||||||||||
(MTR. JOSE LUIS MORA PALACIOS) |
||||||||||
CALENDARIO
DE CLASES |
||||||||||
DIA |
HORARIO |
SEDE |
||||||||
MARTES |
6:00 PM A 8:00 PM |
PEGUEROS |
||||||||
MIÉRCOLES |
5:00 PM A 7:00 PM |
SAN GABRIEL |
||||||||
JUEVES |
4:00 PM A 6:00 PM |
CAPILLA DE GUADALUPE |
||||||||
VIERNES |
5:00 PM A 7:00 PM |
SAN JOSÉ DE GRACIA |
||||||||
ESCUELA DE REGULARIZACIÓN |
||||||||||
(MTRO. LUIS JORGE DÍAZ
MACIAS) |
||||||||||
CALENDARIO
DE CLASES |
||||||||||
DIA |
HORARIO
Y GRUPO |
HORARIO
Y GRUPO |
HORARIO Y GRUPO |
SEDE |
||||||
|
04:00 PM A 05:00 PM
PRIMERO Y SEGUNDO |
05:00 PM A 06:00 PM
TERCERO Y CUARTO |
06:00 PM A 07:00 PM
QUINTO Y SEXTO |
|
||||||
LUNES |
AGUILILLAS. |
|||||||||
|
|
|||||||||
|
04:00 PM A 05:00 PM |
05:00 PM A 06:00 PM
TERCERO Y CUARTO |
06:00 PM A 07:00 PM
QUINTO Y SEXTO |
|
||||||
MIÉRCOLES |
PRIMERO Y SEGUNDO |
AGUILILLAS. |
||||||||
|
|
|
||||||||
|
04:00 PM A 05:00 PM
PRIMERO Y SEGUNDO |
05:00 PM A 06:00 PM
TERCERO Y CUARTO |
06:00 PM A 07:00 PM
QUINTO Y SEXTO |
SAN GABRIEL |
||||||
JUEVES |
||||||||||
|
||||||||||
|
09:00 PM A 10:00 PM
PRIMERO Y SEGUNDO |
10:00 AM A 11:00 AM
TERCERO Y CUARTO |
11:00 AM A 12:00 PM
QUINTO Y SEXTO |
AGUILILLAS O ADOBES. |
||||||
|
||||||||||
|
||||||||||
SÁBADO |
ASESORÍA Y REGULARIZACIÓN
12:00 PM A 2:00 PM |
CENTRO DE REHABILITACIÓN |
||||||||
|
APROBADO POR UNANIMIDAD
i)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano,
Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita
autoricen las Reglas de Operación del Programa denominado “AYUDAS SOCIALES A PERSONAS” del
Ejercicio Fiscal 2024, las cuales
tendrán vigencia del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2024, mismas
que se anexan al presente.
APROBADO POR UNANIMIDAD
j)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano,
Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita se
autoricen las Reglas de Operación del Programa denominado “AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN
FINES DE LUCRO” del Ejercicio Fiscal 2024, las
cuales tendrán vigencia del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2024, mismas
que se anexan al presente.
APROBADO POR UNANIMIDAD
k)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano,
Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita:
PRIMERO. - Se autorice otorgar un apoyo económico,
a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2024, a las siguientes
Instituciones:
|
INSTITUCIONES |
APOYO MENSUAL |
TOTAL ANUAL |
1 |
PROCURADURÍA
SOCIAL |
$
3,500.00 |
$42,000.00 |
2 |
MAESTRAS
PÍAS DE RIMINI AC |
$15,000.00 |
$180,000.00 |
3 |
INTERNADO
“JUAN ESCUTIA”, A.C. |
$5,000.00 |
$60,000.00 |
4 |
COMPARTIR
HERMANO, A.C. |
$6,000.00 |
$72,000.00 |
5 |
LUZ Y
AMOR LATIENDO CON UN MISMO CORAZÓN A.C. |
$5,000.00 |
$60,000.00 |
6 |
DESEOS
DEL CORAZÓN APOYANDO AL AUTISMO A.C. |
$6,500.00 |
$78,000.00 |
7 |
TEPATITLÁN
EMPEZANDO A VIVIR, A.C. |
$3,000.00 |
$36,000.00 |
8 |
CENTRO
DE DESARROLLO PARA JÓVENES SEÑOR DE LA MISERICORDIA, A.C. |
$6,500.00 |
$78,000.00 |
9 |
BANCO
DE ALIMENTOS DE TEPA |
$5,000.00 |
$60,000.00 |
10 |
ASOCIACIÓN
NACIONAL PRO SUPERACIÓN, A. C. (ANSPAC) |
$3,000.00 |
$36,000.00 |
11 |
SALA DE
VELACIÓN “MISIÓN SAN FRANCISCO JAVIER” |
$3,000.00 |
$36,000.00 |
12 |
ESPACIO
GRATO PARA LA TERCERA EDAD, A.C. |
$20,000.00 |
$240,000.00 |
13 |
CENTRO
DE RECUPERACIÓN PARA ADICCIÓN TRINITA, A.C. |
$4,000.00 |
$48,000.00 |
14 |
CENTRO
DE INTEGRACIÓN PARA JÓVENES EN ADICCIÓN ANTES QUE … A.C. |
$2,000.00 |
$24,000.00 |
15 |
CENTRO
DE INTEGRACIÓN PARA JÓVENES ANTES QUE, A.C. EXTENSIÓN PARA MENORES DE EDAD 10-17 AÑOS |
$2,000.00 |
$24,000.00 |
16 |
CENTRO
DE INTEGRACIÓN PARA JÓVENES EN ADICCIÓN ANTES QUE… A.C. EXTENSIÓN MUJERES |
$3,000.00 |
$36,000.00 |
17 |
SALUD
INTEGRAL DE LOS ALTOS, A.C |
$7,000.00 |
$84,000.00 |
18 |
HOGAR
ANA MARÍA CASILLAS, A.C. |
$9,000.00 |
$108,000.00 |
19 |
INCLUSIÓN CON FELICIDAD, A.C. |
$4,000.00 |
$48,000.00 |
20 |
CRUZ
ROJA PEGUEROS |
$4,500.00 |
$54,000.00 |
21 |
CRUZ
ROJA SAN JOSÉ DE GRACIA |
$4,500.00 |
$54,000.00 |
22 |
CRUZ ROJA
CAPILLA DE GUADALUPE |
$4,500.00 |
$54,000.00 |
23 |
CRUZ
ROJA TEPATITLÁN |
$15,000.00 |
$180,000.00 |
24 |
CASA DE
REPOSO TERESA DE CALCUTA, A.C. |
$10,000.00 |
$120,000.00 |
25 |
PINTADOS
DE AZÚL, A.C. |
$5,000.00 |
$60,000.00 |
26 |
ESTANCIA
TEPATITLÁN LIBERTAD INTERIOR |
$3,000.00 |
$36,000.00 |
27 |
UNIDOS
MEJORANDO VIDAS CONVIVIENDO CON LA PARÁLISIS CEREBRAL Y DISCAPACIDAD MOTRIZ
A.C. |
$3,000.00 |
$36,000.00 |
28 |
FUNDACIÓN
ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS A.C. |
2,000.00 |
24,000.00 |
|
TOTALES |
$164,000.00 |
$1,968,000.00 |
SEGUNDO. - De igual manera se autorice otorgar un
apoyo económico en una sola exhibición a las siguientes instituciones:
|
INSTITUCIONES |
APOYO |
1 |
MAESTRAS
PÍAS DE RIMINI A.C. (PREDIAL) |
$20,000.00 |
2 |
FUNDACIÓN
TELETON MÉXICO, A.S. |
$220,000.00 |
|
TOTAL |
$240,000.00 |
TERCERO.
- Los montos asignados
a las instituciones antes citadas se erogarán del Presupuesto de Egresos 2024
del proyecto TIEMPO DE RESPUESTA,
partida 445, con la fuente de financiamiento 10124 (recursos fiscales)
beneficiadas del programa “AYUDAS
SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO”.
APROBADO POR MAYORÍA
l)
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Humano,
Asistencia Social, de la Juventud y Participación Ciudadana, donde solicita:
PRIMERO. - Se autorice otorgar un apoyo económico,
para realizar la compensación a las 15 auxiliares de salud que prestan sus
servicios en las 8 casas de salud activas que actualmente se encuentran
funcionando en las diferentes comunidades que pertenecen al Municipio de Tepatitlán
de Morelos, Jalisco, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del
2024, por la
cantidad de $15,000.00 pesos (quince mil pesos 00/100 M.N.) mensuales, como se describe a continuación:
Comunidad |
Auxiliar de Salud |
|
Rancho la Cebadilla |
Edith Alejandra Ramírez González |
Cecilia Guzmán Alcalá |
Rancho Ojo de Agua de Latillas |
Marlene Martín del Campo Sánchez |
Ma. Del Refugio Fernández Fuentes |
Rancho Santa Cruz |
Bertha Marcela Zúñiga Castellanos |
Adela Barajas Ruiz |
Rancho Ramblas Grande |
Rosaura Plascencia Velázquez |
|
Mesa del Guitarrero |
Laura Susana Velázquez Martínez |
Esmeralda Orozco Velázquez |
Rancho Lagunillas |
Hermenegilda González Ramírez |
Enedelia Mendoza Orozco |
Rancho los Cerritos |
Evelia Huerta López |
Diana Martín González |
Rancho Mazatitlán |
Ofelia Delgado Gómez |
Julissa Ramírez González |
SEGUNDO.
– Dicho apoyo será retroactivo al mes de enero del 2024 hasta diciembre del
presente año y se erogará del Presupuesto de Egresos 2024, del proyecto TIEMPO DE RESPUESTA, partida 445, con la fuente de financiamiento
10124 (recursos fiscales) “AYUDAS SOCIALES
A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO”.
APROBADO POR UNANIMIDAD
m)
Dictamen de la Comisión de Planeación,
Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se apruebe que la nomenclatura de la vialidad
localizada dentro del fraccionamiento denominado “ARIA RESIDENCIAL”, ubicado entre calle Yaquis y calle Mixtecas en “Las Colonias”, de esta
ciudad de Tepatitlán de Morelos, Jalisco; quede de la siguiente manera:
·
CIRCUITO ARIA
Lo anterior con base en lo dispuesto por
los artículos 70 y 71 y demás relativos y aplicables del Reglamento de
Construcción del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, así como el
artículo 28 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Obra Pública para el
Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
APROBADO POR UNANIMIDAD
n)
Dictamen de la Comisión de Planeación,
Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se apruebe que la nomenclatura de las
vialidades localizadas dentro del Desarrollo Habitacional Unifamiliar Densidad
Alta (H4-U), Mixto de Nivel Barrial Intensidad Alta (MB4) y Mixto de Nivel
Distrital Intensidad Alta (MD4) denominado “PEÑON
CRISTERO RESIDENCIAL”, Etapas 1
y 2, ubicado por el antiguo camino
a La Villa, al noreste de la ciudad de
Tepatitlán de Morelos, Jalisco; quede de la siguiente manera:
v Calzada de los Mártires (continuación)
v Calle
Cristeros
v Circuito
Valparaíso
v Calle
Huejuquilla
v Calle
Patriarcas
v Pasaje
Cristeros
v Avenida
Brigada de la Cruz
v Calle Brigada
Quintanar
v Calle Brigada de los Altos
Lo anterior con base en lo dispuesto por
los artículos 70 y 71 y demás relativos y aplicables del Reglamento de
Construcción del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, así como el
artículo 28 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Obra Pública para el
Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
APROBADO POR UNANIMIDAD
o)
Dictamen de la Comisión de Planeación,
Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se apruebe que la nomenclatura de la vialidad
que se encuentra dentro del fraccionamiento denominado “CIUDAD NATTURA”, Etapa
1, ubicado por Boulevard Lic.
Anacleto González Flores, al suroeste del centro de la ciudad de Tepatitlán de
Morelos Jalisco; quede con el nombre de:
v VÍA
NATTURA
Lo anterior con base en lo dispuesto por
los artículos 70 y 71 y demás relativos y aplicables del Reglamento de
Construcción del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, así como el
artículo 28 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Obra Pública para el
Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
APROBADO POR UNANIMIDAD
p)
Dictamen de la Comisión de Planeación,
Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que:
PRIMERO.- Se autorice
escriturar a favor del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, una
superficie que suma 7,159.175 m2, como área de cesión
para vialidades del desarrollo Habitacional Unifamiliar Densidad Alta (H4-U),
Mixto de Nivel Barrial Intensidad Alta (MB4) y Mixto de Nivel Vecinal
Intensidad Alta (MV4) denominado “PASEO DE LA RIVERA”, ubicado al lado
poniente del fraccionamiento Infonavit El Tablón, al norte de la ciudad de Tepatitlán de
Morelos. Estas vialidades locales, tienen las siguientes superficies:
1) VL-01: 199.921 m2
2) VL-02: 196.285 m2
3) VL-03: 516.704 m2
4) VL-04: 500.763 m2
5) VL-05: 597.454 m2
6) VL-06: 3,128.713 m2
7) VL-07: 1,786.794 m2
8) VL-07b: 232.541 m2
SEGUNDO.- Así mismo se autorice escriturar a favor del
Municipio, el área de cesión para destinos de desarrollo arriba mencionado, que
se describe a continuación:
1)
EV-1: 4,285.00 m2
TERCERO.- Se faculte a los
Representantes del Gobierno Municipal, los CC. Miguel Ángel Esquivias
Esquivias, Rigoberto González Gutiérrez y Marco Antonio Isaac González, en su
carácter de Presidente, Síndico y Secretario General respectivamente, para que
firmen la escritura correspondiente,
la cual se tramitará por cuenta y costo del solicitante.
APROBADO POR UNANIMIDAD
q)
Dictamen de la Comisión de Planeación,
Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura, para que se autorice la recepción por parte del Municipio de Tepatitlán
de Morelos, Jalisco, de las obras de urbanización del desarrollo denominado “QUINTA REGINA”,
ubicado por la Av. José González Carnicerito en esta ciudad. Toda vez que cumple con los requisitos que marca el Código
Urbano y demás Leyes y Reglamentos relativos y aplicables.
APROBADO POR UNANIMIDAD
r)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y
Patrimonio, para que
PRIMERO: En virtud de lo dispuesto en el
Artículo 29 Segundo Párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Tepatitlán
de Morelos, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2024, se autorice la reducción
del 50% en recargos por falta de refrendo de la Licencia Municipal, así como
falta de pago oportuno del Impuesto Predial. Aplicando el descuento a partir de
la fecha y con vigencia hasta el 30 de marzo del 2024.
SEGUNDO: En relación con lo descrito en el
Artículo 103 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Tepatitlán
de Morelos, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2024, se autorice la reducción de
un 50% a las multas aplicadas por falta de refrendo de la Licencia Municipal,
así como falta de pago oportuno del Impuesto Predial. Aplicando el descuento a
partir de la fecha y con vigencia hasta el 30 de marzo del 2024.
APROBADO POR UNANIMIDAD
s)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y
Patrimonio, para que
PRIMERO: Se autorice al Municipio de Tepatitlán de
Morelos, Jalisco, para que durante el ejercicio fiscal 2024 y por conducto del Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y
Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal, gestionen y
contraten uno o varios financiamientos en una o varias etapas por un monto de hasta $113,913,620.83 (Ciento trece millones novecientos trece mil seiscientos
veinte pesos 83/100 M.N.) más, en su caso, las cantidades necesarias para demás
gastos y costos relacionados con la contratación que se generen. Monto que se
encuentra previsto en los límites máximos establecidos en el Anexo F del Decreto de Autorización y que se deberá
adquirir en las mejores condiciones de mercado.
Las operaciones autorizadas deberán ser contratadas con una o más
instituciones del Sistema Financiero Mexicano que opere en territorio nacional,
ser pagaderas en moneda en curso legal en los Estados Unidos Mexicanos, dentro
del territorio nacional y prever su expresa prohibición de su cesión a
extranjeros. En ningún caso podrán exceder del plazo de hasta 10 años, contados
a partir de la celebración y/o disposición de cada financiamiento
correspondiente; en el entendido que los instrumentos jurídicos que se
formalicen deberán precisar el plazo máximo en días y una fecha específica de
vencimiento de la operación de que se trate.
Para lo relativo a los gastos y costos relacionados con la contratación,
deberá observarse lo dispuesto por los artículos 22 de la Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y 27 del Reglamento
del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades
Federativas y Municipios.
SEGUNDO: En términos de lo que disponen los artículos 117, fracción VIII, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, fracción XXV, de la Ley de Disciplina Financiera y el
artículo 25, fracción II, inciso c), numeral 1, del Reglamento del Registro
Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y
Municipios, artículo 2, fracción XV, de la Ley
de Deuda Estatal y el artículo 16, fracción tercera del Reglamento del
Registro Estatal de Obligaciones de los Entes Públicos del Estado de Jalisco y
sus Municipios (el “Reglamento Estatal”) se autorice que los recursos que se obtengan en
virtud del financiamiento autorizado en el numeral anterior, sean destinados hasta la cantidad de $113,913,620.83 (Ciento trece millones
novecientos trece mil seiscientos veinte pesos 83/100 M.N.), para el refinanciamiento del saldo insoluto del
siguiente crédito:
Acreedor |
Monto original contratado (pesos) |
Fecha de contratación |
Clave de Registro RPU |
Clave de Registro Estatal |
Saldo al 31 de diciembre de 2023 (pesos) |
Fecha de Vencimiento |
Total |
$144,062,432.09 |
|
|
|
$113,913,620.83 |
|
BANOBRAS |
$144,062,432.09 |
8 de mayo de
2017 |
P14-0917050 |
009/2017 |
$113,913,620.83 |
8 de noviembre
de 2032 |
TERCERO: Se autorice al Municipio para que sin perjuicio de afectaciones previas y en su caso
conviniendo el esquema de desafectaciones y de las nuevas afectaciones, afecte
como fuente de pago y/o garantía y/o fuente alterna de pago de dichas
operaciones, un porcentaje necesario y suficiente de sus ingresos por concepto
de participaciones en ingresos federales, porcentaje que tendrá como límite de
(i) hasta el 35% (treinta y cinco por ciento) de los derechos e ingresos que
por concepto de participaciones en ingresos federales del Fondo General de
Participaciones, parte del Ramo 28, le corresponden al Municipio, y (ii) hasta
el 35% (treinta y cinco por ciento) de los derechos e ingresos que por concepto
de participaciones en ingresos federales del Fondo de Fomento Municipal le
corresponden al Municipio al Fideicomiso
Monex F/3087.
CUARTO: En caso que el financiamiento autorizado se adquiera bajo el Programa LCGM y el Decreto de Autorización, se autorice al Municipio para que se
adhiera como Fideicomitente Adherente del Fideicomiso
Monex F/3087, y las modificaciones que de tiempo en tiempo se instrumenten
al mismo, para que éste funja como mecanismo de Distribución de las
Participaciones en Ingresos Federales que del Fondo General de Participaciones
(parte del Ramo 28) y del Fondo de Fomento Municipal corresponden a los
Municipios del Estado; por lo que a efecto de formalizar la afectación de
ingresos que en este acto se autoriza, el Municipio a través de sus
funcionarios facultados para celebrar los convenios necesarios para su adhesión
al citado Fideicomiso Monex F/3087,
con el carácter de fideicomitente adherente, y celebrar con el Estado de
Jalisco los convenios de reconocimientos de adeudos y compensación para el caso
de que reciban apoyos financieros por parte del Estado y/o aquellos
instrumentos en que reconozca la subrogación del Estado, para el caso de
ejecución de la obligación del Estado a subrogarse en las operaciones de
financiamiento contraídas por el Municipio, en términos del artículo 52 del Decreto de Autorización y deberá
preverse en los instrumentos respectivos que: para que el Municipio pueda
ejercer el derecho a dar por terminado de manera anticipada y/o revocar el
convenio de adhesión al Fideicomiso
Monex F/3087 y el Convenio de Reconocimiento de Adeudo con el Estado, el
Municipio requerirá de la previa aprobación de este H. Ayuntamiento y de la
anuencia de los Fideicomisarios B
inscritos.
Asimismo, se autorice a pactar en favor de la Secretaría de la Hacienda
Pública del Estado de Jalisco, que para el caso de que el Estado de Jalisco se
subrogue en los derechos de acreedor que correspondan en las operaciones de
crédito celebradas bajo el esquema de la Línea
de Crédito Global Municipal, el Estado tendrá el derecho a (i) retener y/o
compensar de las participaciones que en ingresos federales le corresponden al
Municipio el monto mensual de amortización y pago correspondiente, así como
(ii) el derecho del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría
de la Hacienda Pública a realizar la cesión o transmisión de los derechos de
crédito y sus accesorios, garantías o fuente de pago, a favor de instituciones
de crédito autorizadas para operar en el país.
QUINTO: Se autorice al Municipio a participar como beneficiario del Fideicomiso Monex F/3087, constituido
por la Secretaría de la Hacienda Pública como mecanismo de distribución general
de participaciones que en ingresos federales correspondientes al Fondo General
de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal reciba el Estado de Jalisco
de la Tesorería de la Federación de conformidad con lo previsto por el artículo
8º de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Jalisco con sus Municipios y
el Título Décimo del Decreto de
Autorización, así como a suscribir para tal efecto los actos jurídicos
necesarios que documenten su consentimiento con la aportación de dichos
ingresos por parte del Estado al Fideicomiso
Monex F/3087 para efectos de una más transparente distribución de los
mismos, sin perjuicio de derechos de terceros.
SEXTO: Para la ejecución de los acuerdos de la presente
autorización se faculte al Presidente Municipal para que de manera conjunta con
el Síndico Municipal, Secretario General y Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal, suscriban el o los contratos de apertura de
crédito, fideicomisos, convenios, instrucciones, mandatos y en su caso el convenio de inversión con el Estado, así como todos aquellos actos jurídicos
preparatorios, preliminares y definitivos que se requieran para obtener, en una
o varias disposiciones, los financiamientos autorizados, otorgándoles para tal
efecto facultades generales para celebrar actos de dominio, de administración,
de pleitos y cobranzas y cualquier facultad especial que se requiera,
incluyendo la de suscripción de títulos y operaciones de crédito.
SÉPTIMO: Se autorice al Municipio para contratar, en caso de considerar
conveniente, instrumentos derivados tales como contratos de cobertura de tasa
de intereses de los denominados Caps o de intercambio de tasas de intereses de
los denominados Swaps o de cualquier otro tipo, para mitigar los riesgos de la
tasa de intereses asociados al mercado de dinero, conforme a las condiciones de
mercado, así como contratos de garantía, durante la vigencia del o los
financiamientos contratados al amparo de la presente autorización, el Municipio
podrá mas no deberá ser obligatorio.
Del mismo modo, podrán darse por terminados, en los términos
contractuales que los rigen, los instrumentos derivados y/o garantías de pago
oportuno que tengan contratadas en relación con los créditos a refinanciar, o
convenir con las partes relacionadas las modificaciones o vinculación de dichos
instrumentos a los nuevos créditos contratados.
OCTAVO: Las operaciones realizadas conforme a la presente autorización, según
corresponda, deberán inscribirse en el Registro
Estatal de Obligaciones de los Entes Públicos del Estado de Jalisco y sus
Municipios que lleva a cabo la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de
Jalisco y en el Registro Público Único, que tiene a su cargo la Unidad de
Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, de conformidad con el artículo 9° de la Ley de
Coordinación Fiscal, la Ley de Deuda
Estatal, el Reglamento del Registro
Estatal, el Reglamento del Registro
Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y
Municipios y demás normas aplicables. En caso de que la normatividad
federal, estatal o general correspondiente establezca forma distinta de
registro, las inscripciones deberán realizarse en términos de la misma.
NOVENO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Jalisco y artículos 24 último párrafo, 42
penúltimo y último párrafos de la Ley de
Deuda Estatal, a efecto de reflejar la obtención de los recursos
extraordinarios aprobados en los acuerdos anteriores, se autorice al
Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero Municipal para que realice los
ajustes correspondientes a la proyección de Ingresos contemplada en la Ley de
Ingresos y al Presupuesto de Egresos del Municipio para el ejercicio en el que
perciba los recursos y notifique tales ajustes a este H. Ayuntamiento y al H.
Congreso del Estado al rendir la Cuenta Pública.
DÉCIMO: El Municipio deberá prever anualmente en su presupuesto de egresos en
tanto existan obligaciones a su cargo pendientes de pago que deriven del o los
financiamientos que se celebren con sustento en la presente autorización, el
importe o partida que permita realizar las erogaciones para el pago del
servicio de la deuda, en cada ejercicio fiscal, hasta la total liquidación del
o los financiamientos.
DÉCIMO
PRIMERO: Con la finalidad de
fortalecer las finanzas públicas municipales, en caso que el financiamiento
autorizado se adquiera bajo el Programa
LCGM, se autoriza al Municipio por conducto del Presidente Municipal,
Síndico Municipal, Secretario General y Funcionario Encargado de la Hacienda y
Tesorero Municipal, a convenir, adherirse y/o obligarse con la Secretaría de la
Hacienda Pública del Gobierno del Estado de Jalisco a instrumentar los
Programas o Acciones de Fortalecimiento y Ajuste Financiero que sea
determinados conjuntamente con el Comité Técnico del Fideicomiso Monex F/3087, incluyendo los convenios necesarios para
la ejecución de la obra.
DÉCIMO
SEGUNDO: Con el propósito de acreditar
la obtención del financiamiento autorizado en las mejores condiciones de
mercado, se autorice al C. Funcionario Encargado de la Hacienda y Tesorero
Municipal a llevar a cabo un Proceso Competitivo Individual para efectos de
contratar el financiamiento que se autoriza en el artículo primero bajo las
mejores condiciones de mercado, conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley de Disciplina Financiera, y con
base en sus resultados, se determine adherirse al Programa LCGM o bien contrate el financiamiento sin el respaldo
financiero del Estado, siempre y cuando lo haga en mejores condiciones de
mercado.
El monto que se autorice contratar en el artículo primero se encuentra
previsto en los límites máximos establecidos en el Anexo F del Decreto de Autorización, financiamiento que podrá
adquirirse:
I.
Al amparo de los lineamientos
de la Línea de Crédito Global Municipal
a que se refiere el Título Décimo.- Del Programa de Apoyo para el
Financiamiento Global a Municipios del Decreto de Autorización o bien
II.
Contratar dicho monto cuando
las condiciones derivadas del proceso competitivo individual o directo resulten
mejores que la LCGM por lo que se
podrá efectuar su contratación sin el respaldo financiero del Estado, siempre y
cuando lo haga en mejores condiciones de mercado.
DÉCIMO
TERCERO: Se apruebe que las
autorizaciones otorgadas en el presente para la adquisición de financiamientos
y obligaciones, se podrá ejercer durante el ejercicio fiscal 2024.
DÉCIMO
CUARTO: Las operaciones que se
celebren en términos de la presente autorización durante su vigencia podrán ser
objeto de refinanciamiento o adecuación en sus términos, sin exceder el plazo
máximo autorizado y siempre que se obtengan mejoras jurídicas y/o financieras
respecto de las condiciones originales de contratación.
DÉCIMO QUINTO
.- La presente
autorización fue autorizada por el voto de las dos terceras partes de 14
catorce Munícipes presente de los 16 dieciséis integrantes del H. Ayuntamiento
previo análisis del destino del o los empréstitos y obligaciones, de la
capacidad de pago, de la fuente de pago del Municipio, y con fundamento en la
fracción VIII del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, los artículos 22, 24 y 25 de la Ley de Disciplina Financiera y demás normatividad aplicable y
conducente.
APROBADO POR MAYORÍA
t)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y
Patrimonio, para que se autorice la ampliación del Presupuesto de Ingresos y
Egresos del Ejercicio Fiscal 2024, de $785’851,185.21 (Setecientos ochenta y cinco millones ochocientos cincuenta y un mil
ciento ochenta y cinco pesos 21/100 M.N.) a $786’607,926.24
(Setecientos ochenta y seis millones
seiscientos siete mil novecientos veintiséis pesos 24/100 M.N.),
conforme a lo siguiente:
CUENTA: |
DESCRIPCIÓN: |
IMPORTE: |
|
REMANENTE RECURSOS
PROPIOS |
$322,645.00 |
5.1.0.2 |
PRODUCTOS DIVERSOS
(RENDIMIENTOS RECURSOS PROPIOS) |
$200,000.00 |
|
REMANENTES
INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL 2023 |
$169,442.17 |
|
REMANENTES
FORTAMUN 2023 |
$1,807.91 |
|
REMANENTES FONDO
JALISCO DE ANIMACIÓN CULTURAL 2023 |
$14.02 |
|
REMANENTES
ESTRATEGIA ALE 2023 |
$30,287.64 |
|
REMANENTES FOCOCI
2023 |
$32,544.29 |
|
IMPORTE TOTAL: |
$756,741.03 |
APROBADO POR UNANIMIDAD
u)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y
Patrimonio, para que se autoricen los ajustes presupuestales que a
continuación se describen:
Ajuste N° 3: Ampliación por la cantidad de $200,000.00 (Doscientos mil
pesos 00/100 M.N.), de la partida 341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS, con
fuente de financiamiento 10124 RECURSOS FISCALES 2024, del proyecto 105
PROGRAMA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA EFICIENTE, adscrito a la Dirección de
Hacienda y Tesorería Municipal, lo anterior para contar con suficiencia
presupuestal para el registro de las comisiones bancarias generadas por las
transacciones realizadas en las cuentas bancarias de dicha fuente de financiamiento.
Ajuste N° 9: Ampliación por la cantidad de
$201,551.74 (Doscientos un mil quinientos cincuenta y un pesos 74/100 M.N.)
conforme a lo siguiente:
PARTIDA: |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: |
DESCRIPCIÓN: |
IMPORTE: |
396 |
50223 FORTAMUN
2023 |
REINTEGRO A TESORERÍA
DE LA FEDERACIÓN |
$1,807.91 |
396 |
60203 FONDO
JALISCO DE ANIMACION CULTURAL |
REINTEGRO A LA
SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA |
$14.02 |
396 |
60216 ESTRATEGIA
ALE |
REINTEGRO A LA
SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA |
$30,287.64 |
396 |
50123 INFRAESTRUCTURA
SOCIAL 2023 |
REINTEGRO A
TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN |
$169,442.17 |
Ajuste N° 11: Ampliación por la cantidad de
$35,544.29 (Treinta y cinco mil quinientos cuarenta y cuatro pesos 29/200
M.N.), de la partida 396 OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES, con fuente de
financiamiento 60206 FOCOCCI 2023, del proyecto 105 PROGRAMA ADMINISTRACIÓN
FINANCIERA EFICIENTE, adscrito a la Dirección de Hacienda y Tesorería
Municipal, lo anterior para contar con suficiencia presupuestal para el
reintegro de recursos no ejercidos a la Secretaría de Hacienda Pública del
Estado de Jalisco.
Ajuste N° 12: Ampliación presupuestal por la cantidad
de $22,645.00 (Veintidós mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.),
de la partida 991 ADEFAS, fuente de financiamiento 10123 RECURSOS FISCALES
2023, del proyecto 105 PROGRAMA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA EFICIENTE, adscrito a
la Dirección de Hacienda y Tesorería Municipal, lo anterior para contar con
suficiencia presupuestal para el pago de las siguientes cuentas por pagar del
Ejercicio Fiscal 2023:
CXP: |
PROVEEDOR: |
DESCRIPCION: |
IMPORTE: |
8392 |
RADIOMÓVIL DIPSA,
S.A. DE C.V. |
Pago por el
servicio de telecomunicaciones para los GPS instalados en los camiones
recolectores de basura correspondiente al mes de diciembre del 2023 |
$6,580.00 |
8393 |
RADIOMÓVIL DIPSA,
S.A. DE C.V. |
Pago por los 5
servicios de telecomunicaciones para los camiones recolectores de basura que
no contaban con GPS correspondientes al mes de diciembre del 2023 |
$9,275.00 |
8394 |
RADIOMÓVIL DIPSA,
S.A. DE C.V. |
Pago por 20 planes
de datos empresarial 8GB, consumo controlado, para la Policía Vial y
Estacionómetros de la Jefatura de Ingresos correspondiente al mes de
diciembre del 2023 |
$6,790.00 |
Ajuste N° 14: Ampliación presupuestal por la cantidad
de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.), de la partida 133 HORAS
EXTRAORDINARIAS, con fuente de financiamiento 10123 RECURSOS FISCALES 2023, del
proyecto 109 PAGO DE NÓMINA, adscrito al área de Oficialía Mayor
Administrativa, lo anterior para contar con suficiencia presupuestal para el
pago de horas extraordinarias del personal supernumerario.
APROBADO POR UNANIMIDAD
v)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y
Patrimonio, para que se autoricen las transferencias presupuestales
siguientes:
Transferencia
N° 11: Por la cantidad
de $2’200,000.00 (Dos millones doscientos mil pesos 0/100 M.N.), conforme se
describe a continuación, para contar con recurso disponible de recursos propios
para la compra de asfalto, toda vez que las participaciones federales llegan
dosificadas mes a mes.
No. |
Unidad Administrativa / Partida |
Transferencia |
||||||||||||
Reducción |
Ampliación |
|||||||||||||
01.19.01.01 OFICIALÍA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR |
0.00 |
$1'000,000.00 |
||||||||||||||||
152 |
INDEMNIZACIONES PROYECTO 109, RECURSO 50324 |
|||||||||||||||||
01.19.01.01 OFICIALÍA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR |
0.00 |
$1'200,000.00 |
||||||||||||||||
154 |
PRESTACIONES CONTRACTUALES PROYECTO 109, RECURSO 10124 |
|||||||||||||||||
01.17.01.05 MAQUINARIA, MANTENIMIENTO A VIALIDADES Y CAMINOS RURALES OFICINA DEL
TITULAR |
$1'000,000.00 |
0.00 |
||||||||||||||||
241 |
PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS PROYECTO 22, RECURSO 50324 |
|||||||||||||||||
01.19.01.01 OFICIALÍA MAYOR ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR |
$1'200,000.00 |
0.00 |
||||||||||||||||
152 |
INDEMNIZACIONES PROYECTO 109, RECURSO 10124 |
|||||||||||||||||
TOTAL |
$2'200,000.00 |
$2'200,000.00 |
||||||||||||||||
TRANSFERENCIA
N° 13: Por la cantidad
de $12’861,833.56 (Doce millones ochocientos sesenta y un mil ochocientos
treinta y tres pesos 56/100 M.N.), conforme se describe a continuación, para
contar con recurso disponible de recursos propios para la compra de asfalto,
toda vez que las participaciones federales llegan dosificadas mes a mes:
No. |
Unidad Administrativa / Partida |
Transferencia |
||||||||||||||||
Reducción |
Ampliación |
|||||||||||||||||
01.19.01.01 OFICIALIA MAYOR
ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR |
0.00 |
$5'930,916.78 |
||||||||||||||||
151 |
CUOTAS PARA EL
FONDO DE AHORRO Y FONDO DE TRABAJO PROYECTO 109,
RECURSO 50324 |
|||||||||||||||||
01.17.01.05 MAQUINARIA, MANTENIMIENTO
A VIALIDADES Y CAMINOS RURALES OFICINA DEL TITULAR |
$5'930,916.78 |
0.00 |
||||||||||||||||
241 |
PRODUCTOS MINERALES
NO METALICOS PROYECTO 22,
RECURSO 50324 |
|||||||||||||||||
01.17.01.05 MAQUINARIA,
MANTENIMIENTO A VIALIDADES Y CAMINOS RURALES OFICINA DEL TITULAR |
0.00 |
$6'930,916.78 |
||||||||||||||||
241 |
PRODUCTOS MINERALES
NO METALICOS PROYECTO 22 RECURSO
10124 |
|||||||||||||||||
01.19.01.01 OFICIALIA MAYOR
ADMINISTRATIVA OFICINA DEL TITULAR |
$6'930,916.78 |
0.00 |
||||||||||||||||
151 |
CUOTAS PARA EL
FONDO DE AHORRO Y FONDO DE TRABAJO PROYECTO 109,
RECURSO 10124 |
|||||||||||||||||
TOTAL |
$12'861,833.56 |
$12'861,833.56 |
||||||||||||||||
APROBADO POR UNANIMIDAD
w)
Dictamen de la Comisión de Hacienda y
Patrimonio colegiado con Planeación, Desarrollo Urbano, Obra Pública y Nomenclatura,
para que:
PRIMERO.- Se autorice el Acta de la Sesión
Ordinaria Número 5 cinco del COPPLADEMUN (Consejo de Planeación y Participación
para el Desarrollo Municipal), el cual prevé la revisión, validación y
aprobación de los trabajos de priorización de solicitudes de obras y acciones
de Infraestructura Social Básica para el ejercicio del gasto público del año
2024, celebrada el día 24 de enero de 2024, en las instalaciones de la Casa de
la Cultura, ubicada en la calle Samartin Número 35 en la ciudad de Tepatitlán
de Morelos, Jalisco.
SEGUNDO.- Se
autorice ejercer el presupuesto del Ramo 33, específicamente el Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal para el ejercicio fiscal
2024 del Municipio de Tepatitlán de Morelos, por la cantidad de $26,148,617.00
00/100 M.N. (Veintiséis millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos
diecisiete pesos 00/100 M.N.) monto aprobado y publicado en el Periódico
Oficial de Jalisco, número 30, sección IV, del día 27 de enero del año 2024, en
obras priorizadas y que cumplan con los lineamientos emitidos por la Secretaría
de Bienestar, en combate a la pobreza y rezago social, así mismo se valide y
apruebe ejercer, de ser necesario, hasta el 3% del mismo presupuesto para
Gastos Indirectos en la verificación, seguimiento de las obras y acciones que
se realicen, así como para la realización de estudios y evaluación de proyectos
a realizarse y de la misma forma, ejercer hasta el 2% del mismo presupuesto
para el Programa de Desarrollo
Institucional Municipal (PRODIM), con la finalidad de fortalecer las
capacidades de gestión del municipio.
TERCERO.- Se valide y apruebe la lista de obras y
acciones que se recopilaron y priorizaron en la reunión que forma parte de la
mencionada acta, de conformidad con la lista de obras de priorización anexa.
APROBADO POR UNANIMIDAD
VI.- VARIOS.
1).- Solicitud de la Fracción del
Partido Encuentro Solidario, por parte de la C. Regidora Julianne
Harlent Mariat Alvarado Alvarado, quien presenta un Dictamen de la Comisión de Deportes, para
que:
ÚNICO.
- Se autorice la
modificación del Acuerdo de Ayuntamiento número 912-2021/2024, de fecha 18 dieciocho de enero del año 2024 dos mil
veinticuatro, únicamente en los costos del pago a los árbitros debido a que por omisión faltó
especificar que los costos en los arbitrajes son más IVA menos retención por
partido. Quedando de la siguiente manera:
PRIMERO. – Se autoriza la renovación de
contratos, con vigencia del 1 de enero al 31 de julio y del 1 de agosto al 31
de diciembre del 2024, para el pago de los arbitrajes de la Liga de Futbol
Infantil, con el incremento de $10.00 pesos (diez pesos 00/100 M.N.) quedando
los pagos de la siguiente manera:
Temporada
2023-2024 del 1° de enero al 31 de julio 2024
Categoría Pony |
$155.00 más IVA menos retención
por partido |
Categoría Junior, 2015, 2014 y
2013 |
$165.00 más IVA menos retención
por partido |
Categoría 2012, 2011 y 2010 |
$180.00 más IVA menos retención
por partido |
Nota:
en liguilla los pagos incrementan al doble en cada categoría, ya que se
requiere árbitro central y árbitros asistentes.
Temporada
2024-2025 del 1° de agosto al 31 de diciembre 2024
Categoría Pony y Junior |
$155.00 más IVA menos retención
por partido |
Categoría Junior, 2016, 2015 y
2014 |
$165.00 más IVA menos retención
por partido |
Categoría 2013, 2012 y 2011 |
$180.00 más IVA menos retención
por partido |
SEGUNDO.-
Se tomará del Proyecto 103 Programa Eventos Deportivos de
Alto Nivel, de la cuenta 339 “Pago de Arbitrajes de Ligas y Torneos”.
TERCERO.-
Se faculta a
los representantes del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, los CC.
Miguel Ángel Esquivias Esquivias, Rigoberto González Gutiérrez, Marco Antonio
Isaac González y Atanacio Ramírez Torres, en su calidad de Presidente
Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y Encargado de la Hacienda y
Tesorero Municipal respectivamente para la firma del instrumento jurídico.
APROBADO POR UNANIMIDAD
2).- Solicitud de la Fracción del Partido Acción Nacional, por
parte de la C. Regidora Mireya Franco Barba, para que se autorice integrarse
como participante de la
Comisión Edilicia de Desarrollo Humano, Asistencia Social, de la Juventud y
Participación Ciudadana.
APROBADO POR UNANIMIDAD